Una enfermera cordobesa logra que su infección por Covid-19 sea reconocida como enfermedad profesional

El fallo de la sentencia a favor de esta profesional crea un precedente en la provincia de Córdoba ante la negativa mostrada por parte del SAS y del Instituto Nacional de la Seguridad Social

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El sindicato de Enfermería SATSE Córdoba ha logrado que se reconozca el contagio del virus SARS-CoV.2, contraído por una Enfermera a consecuencia del desarrollo de su actividad asistencial, tenga la consideración de Enfermedad Profesional. El fallo de la sentencia a favor del profesional sanitario se produce en un juzgado de lo social de la provincia de Córdoba, mas de una año y medio después del inicio de la pandemia.

La demanda de SATSE surge durante la primera ola de la pandemia, tras conocer que el profesional sanitario que, además,  de dirigirse al servicio de Prevención de Riesgos Laborales, había solicitado al Instituto Nacional de la Seguridad Social el reconocimiento del contagio del SARS-CoV.2 como contingencia profesional derivado de accidente de trabajo, recibiendo una negativa como respuesta de  ambas administraciones publicas, considerándola como contingencia común y con carácter excepcional asimilada a accidente de trabajo a efectos económicos.

La iniciativa de SATSE parte, al constatar el elevado número de profesionales que se contagiaron del virus durante la primera ola en la provincia de Córdoba, y que en torno al 10% e incluso en un porcentaje menor le fue considerado como accidente de trabajo, y en ningún caso había sido reconocido como Enfermedad Profesional.

SATSE recuerda que durante este periodo inicial de la pandemia, existía déficit equipos de protección individual en todos los centros sanitarios y áreas de salud de la provincia de Córdoba, entre lo que destacaban elementos como mascarillas FFp2, mascarillas quirúrgicas, batas, gafas, calzas... y que los protocolos existentes se modificaban sobre la marcha y a contrarreloj, permitiendo que los profesionales sanitarios fueran vulnerables al virus, como así lo verifican las cifras de contagios en dicho sector.

La sentencia que falla a favor del profesional sanitario viene a reconocer que, asimismo, la infección ha sido contraída en el lugar donde desempeña su trabajo (contingencia profesional derivada de accidente de trabajo), y que efectivamente, como no podía ser de otra forma, el reconocimiento como Enfermedad Profesional, en concreto el  SARS-CoV.2 esta englobado en el grupo 3 de enfermedades profesionales causadas por un agente biológicos, y así lo recoge el Real 1299/2006, de 10 de noviembre , por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales.

Por ultimo, el Sindicato de Enfermería valora positivamente este logro, ya que crea un precedente en la sanidad cordobesa, y seguirá vigilante para garantizar la salud y seguridad de los profesionales y, al mismo tiempo, persistir en la lucha para que de una vez las diferentes administraciones reconozcan el SARS-CoV.2 como Enfermedad Profesional.