El no cumplimiento de la norma puede acarrear multas de hasta 3.000 euros

El Ayuntamiento de Iznájar recuerda la obligatoriedad de almacenar la leña para prevenir la palomilla en el olivar

Los restos de poda que no fueron destruidos en el propio olivar deben de estar guardados en lugares heméticamente cerrados

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El Ayuntamiento de Iznájar ha informado a los agricultores sobre las normas a seguir en el cumplimiento de la legislación vigente sobre el "berrenillo" o "palomilla". En un comunicado se recuerda que hay que tener un especial cuidado con el manejo de la madera muerta o restos de poda en el campo, pues aquellos restos que no fueron destruidos en el propio olivar por el fuego o por truturación deben estar guardados en lugares heméticamente cerrados como es el caso de leñeras de obra civil, zanjas, trincheras o albercas cubiertas de agua.

Los restos según la normativa, deben de estar guardados desde el día 1 de mayo y no ser abiertos hasta los primeros días del próximo mes de noviembre. La misma orden establece que los Ayuntamientos, a través de sus servicios de vigilancia rural, denunciarán a las personas que almacenan leña sin guardar estas precauciones.

En caso de no guardad estas medidas se aplicara el régimen sancionador previsto en la Ley 43/2002, de 20 de noviembre de Sanidad Vegetal con multas de hasta 3000 euros.

El Barrenillo o palomilla son pequeños insectos-coleópteros de 1 a 3 milímetros de color oscuro. Las larvas son blancas y sin patas que tratadas con productos químicos no tiene ningún éxito, puesto que están ocultos debajo de la corteza.

La Sanidad Vegetal en el olivar se considera una prioridad máxima ya que una finca que no está sana deja de ser competitiva. Los ayuntamientos son competentes para la vigilancia de la leña, aunque existe una importante concienciación entre buena parte de los aguicultores para prevenir la presencia de palomilla.