Las solicitudes de subvención pueden tramitarse antes del 14 de junio ante la Fundación EOI

Lucena ofrece subvenciones a la contratación laboral del alumnado de la formación EOI

Las empresas que empleen a jóvenes menores de 30 años que hayan participado en cursos formativos pueden recibir ayudas de hasta 5.000 euros

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La Escuela de Organización Industrial (EOI) ha abierto la convocatoria para otorgar subvenciones, bajo el concepto de ayudas a la contratación, a aquellas empresas que ofrezcan un contrato laboral a jóvenes de entre 16 y 30 años inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil que hayan participado en alguna de las acciones formativas llevadas a cabo por la EOI.

Estos incentivos a la generación de empleo de hasta 5.000 euros por contratación se incluyen en el acuerdo de colaboración suscrito entre Ayuntamiento de Lucena y EOI a fin de facilitar la inserción  en el mercado laboral una vez finalizado el curso de formación. Las entidades empleadoras pueden tener cualquier forma jurídica, es decir, que se aceptan tanto personas físicas o jurídicas, como asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, entre otras.

En este año 2021, las actividades formativas de la EOI en la localidad han sido CRM y Marketing Digital. La convocatoria de la EOI concede preferencia a la contratación por parte de empresas de Lucena del alumnado de ambos cursos, si bien cabe la posibilidad de otorgar la subvención a empresas de cualquier punto de Andalucía que empleen a cualquier persona beneficiaria de la formación EOI. 

Las solicitudes de subvención pueden tramitarse antes del 14 de junio ante la Fundación EOI, que facilitará a las empresas beneficiarias los perfiles profesionales de los candidatos que mejor se adapten a las características solicitadas. De entre los perfiles presentados, la beneficiaria seleccionará al candidato o candidatos que desee. 

Para que la subvención sea efectiva, la empresa deberá mantener el contrato laboral a jornada completa durante 6 meses o el tiempo equivalente en jornada a tiempo parcial, no pudiendo ésta ser inferior al 50% de la jornada laboral completa. La cuantía de la ayuda podrá ser de hasta el 90% de la masa salarial.