La Guardia Civil investiga a seis conductores de transporte escolar por falsear los datos del tacógrafo

Usaban en el interior del aparato tacógrafo una Tarjeta de Conductor que correspondía a otros compañeros que pertenecían a la misma empresa, pero que no conducían los vehículos en ese momento

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Agentes del Grupo de Investigación y Análisis (GIAT), del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Córdoba, han investigado a seis conductores de autobuses que transportaban escolares hasta un centro docente de la localidad de Córdoba, por un supuesto delito de Falsedad documental.

La investigación se inició cuando el pasado mes de septiembre, Agentes del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Córdoba, especialistas en Transportes, realizaban una de las muchas inspecciones que, durante el transcurso del curso escolar, llevan a cabo en diferentes centros docentes de la provincia.

Al proceder a la inspección de varios autobuses detectaron que tres de ellos, pertenecientes a la misma empresa, usaban en el interior del aparato tacógrafo una Tarjeta de Conductor que correspondía a otros que pertenecían a la misma empresa, pero que no conducían los vehículos en ese momento.

La Tarjeta de Conductor es un documento personal e intransferible, a través del cual, al introducirla en el tacógrafo, se registran los datos referentes a tiempos de conducción y descanso realizados por el conductor. Al utilizar una tarjeta perteneciente a otra persona, se consigue que dichos datos se registren a nombre de esa persona, en lugar de a quien verdaderamente ejerce la conducción en ese momento; originando con ello un relevante y potencial riesgo de siniestralidad con clara redundancia en la seguridad vial, al haber podido circular el conductor sin encontrarse en plenitud de facultades y desvirtuando con ello la potestad de vigilancia y control de las Autoridades y Policías de tráfico y transporte.

Los hechos por tanto, pudieran ser constitutivos de un supuesto delito menos grave de Falsedad en Documento Público, Oficial o Mercantil, tipificado en el artículo 392.1º del Código Penal, por lo que se han instruido las correspondientes diligencias que han sido entregadas en el Juzgado de Instrucción en funciones de guardia de Córdoba, enfrentándose a posibles penas de prisión de hasta 3 años, y multa de 6 a 12 meses.